light-emergency-onProcedimientos Administrativos y Disciplinarios Internos

Objetivo

Mantener el orden, la disciplina y la integridad dentro del cuerpo policial mediante un sistema administrativo estructurado, justo y transparente. Este bloque regula las investigaciones internas, los procesos disciplinarios IC/OOC, y los mecanismos de apelación disponibles para todo miembro del cuerpo.


1. Unidad de Asuntos Internos (UAI)

La Unidad de Asuntos Internos (UAI) es el órgano responsable de investigar, documentar y sancionar faltas cometidas por agentes policiales. Opera de forma neutral, independiente y confidencial, tanto en investigaciones IC como en revisiones OOC.

🔹 Funciones Principales:

  1. Recibir y procesar denuncias IC u OOC contra agentes.

  2. Analizar reportes, evidencias y testimonios.

  3. Recomendar sanciones o medidas correctivas.

  4. Emitir informes internos con conclusiones.

  5. Supervisar el cumplimiento del código de conducta.

🔹 Composición:

  • 1 Jefe de Asuntos Internos (designado por Subjefatura o Comandancia).

  • 1-3 Inspectores Internos (Sargentos, Tenientes o personal capacitado).

  • 1 Administrador OOC (para revisar conflictos fuera del rol).


2. Inicio del Proceso Disciplinario

Cualquier procedimiento interno inicia a partir de una denuncia IC u OOC, presentada por:

  • Un ciudadano (IC mediante reporte formal).

  • Otro agente policial.

  • Un superior jerárquico.

  • El personal administrativo o judicial.

  • O de oficio, por observación directa del mando.

🔹 Canales de Presentación:

  1. IC: vía reporte o rol administrativo en comisaría.

  2. OOC: a través del canal interno de Discord 🧾│denuncias-internas o por mensaje privado a Asuntos Internos.


3. Etapas del Proceso Disciplinario

🟣 Etapa 1 – Recepción y Registro

  • Se recibe la denuncia y se asigna un número de caso interno.

  • Se designa un inspector responsable.

🔵 Etapa 2 – Investigación

  • El inspector recaba reportes, grabaciones, testigos y declaraciones IC.

  • Se entrevista al acusado y al denunciante por separado.

  • Se mantiene la confidencialidad del proceso.

🟠 Etapa 3 – Dictamen y Recomendación

  • La UAI redacta un informe interno con conclusiones y recomienda una sanción o exoneración.

  • El informe se envía a la Comandancia o Subjefatura para aprobación.

🔴 Etapa 4 – Resolución

  • La autoridad correspondiente emite la sanción final y la comunica al agente.

  • El resultado se registra en el expediente IC/OOC del miembro involucrado.


4. Tipos de Sanciones Internas

Nivel
Tipo de Medida
Descripción

🟢 Leve

Amonestación verbal o escrita.

Faltas menores o primer error.

🟡 Moderada

Suspensión temporal o pérdida de permisos.

Faltas graves o repetidas.

🟠 Grave

Degradación de rango o traslado de división.

Conductas reiteradas o perjuicio institucional.

🔴 Muy Grave

Expulsión definitiva o blacklist interna.

Abuso de autoridad, corrupción o inconducta severa.

Nota: Cada sanción debe ser proporcional a la falta y sustentada en evidencia IC/OOC válida.


5. Proceso de Suspensión Temporal

La suspensión IC u OOC se aplica cuando:

  • Se está bajo investigación y se necesita apartar al agente temporalmente.

  • Se ha confirmado una falta grave.

  • El comportamiento afecta la operatividad o imagen institucional.

Duración:

  • Mínimo: 24 horas IC / 1 día OOC.

  • Máximo: 7 días IC (según el caso).

Durante la suspensión:

  • El agente no puede portar uniforme ni equipamiento IC.

  • Puede presentarse como civil, pero sin autoridad policial.

  • Si la sanción incluye entrenamiento correctivo, deberá cumplirlo antes de reincorporarse.


6. Procedimiento de Apelación

Todo miembro sancionado tiene derecho a presentar apelación dentro de las 48 horas posteriores a la notificación.

Pasos:

  1. Redactar una solicitud formal IC u OOC, dirigida al Jefe de Asuntos Internos o Comandante.

  2. Exponer las razones, pruebas o testigos que respalden la apelación.

  3. El caso será reevaluado por un Comité de Revisión (distinto del que aplicó la sanción).

  4. La decisión final será comunicada por escrito y no será apelable nuevamente.


7. Comité de Revisión Interna

Conformado por:

  • 1 representante de Asuntos Internos.

  • 1 Comandante o Subjefe.

  • 1 Evaluador externo (puede ser un juez o fiscal IC).

Este comité tiene la facultad de:

  • Ratificar, reducir o anular sanciones.

  • Emitir recomendaciones disciplinarias.

  • Evaluar reincidencias o posibles reentrenamientos.


8. Medidas Correctivas y Reentrenamiento

En lugar de sanción directa, la UAI puede imponer medidas formativas:

  • Entrenamiento adicional en protocolos IC.

  • Participación obligatoria en simulacros o patrullas guiadas.

  • Supervisión temporal por un superior.

  • Redacción de informe reflexivo o de aprendizaje IC.

Estas medidas buscan reeducar y recuperar al agente, no simplemente castigarlo.


9. Registro y Confidencialidad

  1. Todos los casos internos deben registrarse en el canal 🗂️│asuntos-internosarrow-up-right o base administrativa interna.

  2. Solo Asuntos Internos y Comandancia pueden acceder a la información completa.

  3. Está prohibido divulgar públicamente los resultados de una investigación sin autorización.

  4. La información se archiva por un periodo mínimo de 60 días.


10. Disposición Final

El sistema disciplinario no busca sancionar por poder, sino preservar la confianza y la ética del uniforme. Un cuerpo policial sólido se construye con responsabilidad, justicia y transparencia.

“La autoridad se gana con respeto, y el respeto nace de la justicia.”


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